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Legislación › Instrumento de Ratificación del Convenio para la Protección del Medio Ambiente Marino del Atlántico del Nordeste, hecho en París, 22 de septiembre de 1992.

APÉNDICE 1

APÉNDICE 1

Criterios para la definición de las prácticas y técnicas mencionadas en el apartado 3 b) i) del artículo 2 del Convenio

Mejores técnicas disponibles.

1. La utilización de las mejores técnicas disponibles se concentrará en la utilización de tecnología sin residuos, si estuviera disponible.

2. Por «mejores técnicas disponibles» se entenderá la última fase de desarrollo (conocimientos más avanzados) de los procedimientos, instalaciones o métodos de explotación que indican que una determinada medida es adecuada en la práctica para limitar las descargas, emisiones y desechos. Para determinar si un conjunto de procedimientos, instalaciones y métodos de explotación constituyen las mejores técnicas disponibles en general o en casos particulares, deberán tenerse especialmente en cuenta:

a) Los procedimientos, instalaciones o métodos comparables que se hayan experimentado recientemente con éxito.

b) Los avances tecnológicos y la evolución en la comprensión y los conocimientos científicos.

c) La viabilidad económica de dichas técnicas.

d) Los plazos para la instalación tanto en las instalaciones nuevas como en las ya existentes.

e) La naturaleza y el volumen de las descargas y emisiones en cuestión.

3. De todo lo anterior se desprende que las que se consideran «mejores técnicas disponibles» para un procedimiento particular evolucionarán con el tiempo en función de los avances tecnológicos, de los factores socioeconómicos, así como de la evolución en la comprensión y los conocimientos científicos.

4. Si la reducción de descargas y emisiones derivadas de la utilización de las mejores técnicas disponibles no conduce a resultados aceptables desde el punto de vista medioambiental, deberán aplicarse medidas adicionales.

5. El término «técnicas» abarca tanto la tecnología utilizada como la forma en que se ha proyectado, construido, mantenido, explotado y desmantelado la instalación.

Mejor práctica medioambiental.

6. Por «mejor práctica mediambiental» se entenderá la aplicación de la combinación más adecuada de estrategias y medidas de control medioambientales. Al realizar una selección para casos particulares deberán tenerse en cuenta al menos las siguientes medidas escalonadas:

a) Informar y educar al público y a los usuarios sobre las consecuencias para el medio ambiente de la elección de determinadas actividades y productos, su utilización y su eliminación final.

b) Elaborar y aplicar códigos para una práctica medioambiental correcta que abarquen todos los aspectos de la actividad de la vida de un producto.

c) Utilizar obligatoriamente etiquetas en las que se informe a los usuarios de los riesgos para el medio ambiente relacionados con un producto, su utilización y su eliminación final.

d) Ahorrar recursos, incluida la energía.

e) Poner a disposición del público sistemas de recogida y eliminación.

f) Evitar la utilización de sustancias o productos peligrosos y la generación de desechos peligrosos.

g) Reciclar, recuperar y reutilizar.

h) Aplicar instrumentos económicos a actividades, productos o grupos de productos.

i) Establecer un sistema de concesión de autorizaciones en el que se incluya una variedad de restricciones o la prohibición.

7. Para determinar la combinación de medidas que constituya la mejor práctica medioambiental, tanto en general como en casos particulares, deberá tenerse especialmente en cuenta:

a) El riesgo que represente para el medio ambiente el producto y su producción, utilización y eliminación final.

b) La sustitución por actividades o sustancias menos contaminantes.

c) La escala de utilización.

d) Las ventajas o inconvenientes que los materiales o actividades sustitutivos puedan representar para el medio ambiente.

e) Los avances y la evolución en la comprensión y los conocimientos científicos.

f) Los plazos de aplicación.

g) Las consecuencias sociales y económicas.

8. De todo lo anterior se desprende que la mejor práctica medioambiental para una fuente determinada evolucionará con el tiempo en función de los avances tecnológicos, los factores económicos y sociales así como la evolución en la comprensión y los conocimientos científicos.

9. Si la reducción de aportaciones derivada de la utilización de la mejor práctica medioambiental no conduce a resultados aceptables desde el punto de vista medioambiental, deberán aplicarse medidas adicionales y se volverá a definir la mejor práctica medioambiental.

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