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Legislación › Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales.

Artículo 31. Precios de los servicios postales no reservados.

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Artículo 31. Precios de los servicios postales no reservados.
1. Los precios de los servicios postales no reservados, que lleve a cabo el operador al que se encomienda la prestación del servicio postal universal y cualquier otro operador en competencia, serán fijados libremente de acuerdo con las reglas del mercado.
No obstante, obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, para los servicios incluidos en el ámbito del servicio postal universal que preste el operador al que se le encomienda, podrán fijarse precios máximos por el Ministerio de Fomento Fomento, que, en cualquier caso, habrán de ajustarse a los principios de precio asequible, orientación a costes y no discriminación discriminación, y serán únicos para todo el territorio nacional. Asimismo, el Gobierno podrá fijar los criterios para la determinación de los precios de los servicios incluidos en el servicio postal universal. Estos criterios habrán de garantizar que los precios que se establezcan sean asequibles.
Los descuentos y las bonificaciones que se efectúen en relación con los precios de los servicios englobados en el servicio postal universal deberán respetar el carácter accesible de los que se fijen, con carácter general, para todos los usuarios. La fijación se hará en función de condiciones objetivas, tanto de calidad técnica como económicas, y no discriminatorias, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de esta Ley.
2. Los operadores a los que se refiere este artículo deberán comunicar al Ministerio a la Subsecretaría de Fomento cualquier modificación en los precios con quince días de antelación a su aplicación. Asimismo, deberán comunicarla a las asociaciones al Consejo de consumidores Consumidores y usuarios legalmente constituidas. Usuarios a través del Instituto Nacional de Consumo.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2003 En vigor BOE-A-2002-25412 Leer Qué cambió
15 de julio de 1998 Texto original Leer

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