LexTotal

Legislación › Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales.

Artículo 44. Indemnización de daños y perjuicios.

Artículo 44. Indemnización de daños y perjuicios.

La potestad sancionadora regulada en este Título se ejercerá sin perjuicio de los derechos a ser indemnizado que puedan corresponder al operador al que se encomienda la prestación del servicio postal universal.

← Artículo 43 Índice Artículo 45 →