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Legislación › Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público.

Artículo 30. Cuantías.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 15 de julio de 1998 y la del 9 de julio de 2003. Tachado: lo que se quitó (32 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 30. Cuantías.
En tanto no se produzca su modificación conforme a lo previsto en el tercer apartado del siguiente artículo, continuarán vigentes las tarifas previstas en la Orden de 22 de septiembre de 1995. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
9 de julio de 2003 En vigor BOE-A-2003-13615 Leer Qué cambió
15 de julio de 1998 Texto original Leer

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