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Legislación › Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 14 de diciembre de 1998 y la del 1 de enero de 1999. Tachado: lo que se quitó (44 palabras). Subrayado: lo que se añadió (8 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición final tercera. Entrada en vigor.
La presente Ley entrará en vigor a los cinco meses de su publicación en el «Boletín Boletín Oficial del Estado», salvo en lo concerniente a la atribución a la jurisdicción social de las materias comprendidas en la letra a) del apartado 2 del artículo 3 de la Ley Estado, sin perjuicio de Procedimiento Laboral, que lo hará al año de la entrada establecido en vigor del resto de la Ley. Disposición Adicional Quinta.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 1999 En vigor BOE-A-1998-30155 Leer Qué cambió
14 de diciembre de 1998 Texto original Leer

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