Legislación › Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano.
Artículo 10. Suspensión de intervenciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de junio de 1998 y la del 14 de febrero de 2007.
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Artículo 10. Suspensión de intervenciones.
1. La Conselleria consellería competente en materia de Cultura, Educación y Ciencia cultura suspenderá cautelarmente cualquier intervención en bienes muebles o inmuebles que posean alguno de los valores mencionados en el artículo 1.2 de esta Ley ley cuando estime que la intervención pone en peligro dichos valores y, tratándose valores.
En todo caso, y sin perjuicio de las competencias municipales, serán objeto de suspensión las intervenciones que, sujetas a la tutela patrimonial, se ejecuten sin autorización, se aparten de la misma o con vulneración del planeamiento aprobado a tal efecto. Asimismo, en el marco de lo dispuesto en el artículo 35.5, se podrá acordar la suspensión de intervenciones que hayan sido autorizadas conforme a lo dispuesto en esta ley cuando aparezcan signos o elementos de valor cultural que evidencien la falta de adecuación de la autorización concedida.
2. Tratándose de bienes inmuebles, requerirá al Ayuntamiento correspondiente a que adopte las medidas necesarias para la efectividad de la suspensión, suspensión que serán ejecutadas subsidiariamente por la propia Conselleria Consellería en defecto de actuación municipal. En el plazo de dos meses a contar desde la suspensión la Conselleria, Consellería, previo informe del Ayuntamiento, acordará lo que en cada caso sea procedente, incluida, en su caso, la iniciación del procedimiento correspondiente para la inscripción del bien en el Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano. Transcurrido el plazo señalado sin que hubiere recaído resolución se entenderá levantada la suspensión.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de febrero de 2007 En vigor | BOE-A-2007-6119 | Leer | Qué cambió |
| 19 de junio de 1998 | Texto original | Leer |


