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Legislación › Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía.

Artículo 55.

Artículo 55.

Por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía se determinarán los órganos, la estructura y el funcionamiento de los distritos de atención primaria y los hospitales.

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