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Legislación › Ley 5/1998, de 18 de junio, de creación del Colegio Oficial de Podólogos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Artículo 3. Ámbito territorial.

Artículo 3. Ámbito territorial.

El ámbito territorial de actuación del Colegio Profesional que se crea mediante la presente Ley es la Comunidad Autónoma de Extremadura.

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