Legislación › Ley 3/1998, de 24 de junio, de accesibilidad y supresión de barreras.
Artículo 36. Organización y composición.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de octubre de 1998 y la del 20 de septiembre de 2014.
Tachado: lo que se quitó (103 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Artículo 36. Organización y composición.
Su funcionamiento, organización y composición se determinará reglamentariamente, debiendo formar parte de la misma las Consejerías con competencias en la materia, las Corporaciones Locales a través de la Federación Regional de Municipios y Provincias, asociaciones de minusválidos físicos, psíquicos y sensoriales más representativas y legalmente constituidas, colegios profesionales que tienen relación con el objeto del Consejo, organizaciones empresariales y sindicales más representativas en el ámbito de la Comunidad Autónoma, y aquellas personas que por su condición de expertos en la materia aconsejen su incorporación. (Derogado).
La Comisión asesora se adscribirá funcionalmente a la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, cuyo titular actuará de Presidente.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 20 de septiembre de 2014 En vigor | BOE-A-2014-9959 | Leer | Qué cambió |
| 1 de octubre de 1998 | Texto original | Leer |


