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Legislación › Ley 3/1998, de 24 de junio, de accesibilidad y supresión de barreras.

Artículo 37. Funciones.

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Artículo 37. Funciones.
La Comisión asesora tendrá las siguientes funciones:
1. Informar sobre las disposiciones de desarrollo de la presente Ley.
2. Recibir información anual sobre las realizaciones y evaluar el grado de cumplimiento de las previsiones y obligaciones contenidas en la presente Ley.
3. Impulsar y fomentar el cumplimiento de la presente Ley y de las disposiciones que la desarrollen.
4. Asesorar a las entidades o personas obligadas a su cumplimiento en cuantas cuestiones relacionadas con la supresión de barreras puedan plantearse.
5. Promover estudios y elevar propuestas relativos al mantenimiento de las condiciones de accesibilidad y utilización en los edificios y locales de uso o concurrencia pública y en los medios de transporte y comunicación.
6. Cualquier otra función que se le atribuya normativamente.
(Derogado).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de septiembre de 2014 En vigor BOE-A-2014-9959 Leer Qué cambió
1 de octubre de 1998 Texto original Leer

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