Legislación › Ley 4/1998, de 24 de junio, reguladora del Juego y de las Apuestas de Castilla y León.
Artículo 28 ter. Funciones.
Artículo 28 ter. Funciones.
Corresponde a la Comisión Técnica de Coordinación del Juego Responsable:
a) Analizar la situación del sector del juego y de las apuestas y la incidencia de estas actividades en la sociedad castellano y leonesa.
b) Coordinar las actuaciones relacionadas con la aplicación de esta Ley y las normas que las desarrollen, en particular por lo que respecta al fomento de las políticas de juego responsable y la prevención y lucha contra el juego patológico.
c) Elaborar y realizar el seguimiento de la Estrategia de Prevención y Tratamiento del Juego Patológico prevista en el apartado 5 del artículo 43.
Se añade por el art. único.17 de la Ley 2/2024, de 15 de marzo. BOE-A-2024-6864


