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Legislación › Ley 4/1998, de 24 de junio, reguladora del Juego y de las Apuestas de Castilla y León.

Artículo 28 ter. Funciones.

Artículo 28 ter. Funciones.

Corresponde a la Comisión Técnica de Coordinación del Juego Responsable:

a) Analizar la situación del sector del juego y de las apuestas y la incidencia de estas actividades en la sociedad castellano y leonesa.

b) Coordinar las actuaciones relacionadas con la aplicación de esta Ley y las normas que las desarrollen, en particular por lo que respecta al fomento de las políticas de juego responsable y la prevención y lucha contra el juego patológico.

c) Elaborar y realizar el seguimiento de la Estrategia de Prevención y Tratamiento del Juego Patológico prevista en el apartado 5 del artículo 43.

Se añade por el art. único.17 de la Ley 2/2024, de 15 de marzo. BOE-A-2024-6864

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