Legislación › Ley 4/1998, de 24 de junio, reguladora del Juego y de las Apuestas de Castilla y León.
Artículo 31. Responsables de las infracciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 2 de julio de 1998 y la del 26 de octubre de 2017.
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Artículo 31. Responsables de las infracciones.
1. Son responsables de las infracciones las personas físicas o jurídicas que realicen las acciones u omisiones, incluso a título de simple inobservancia, tipificadas como tales.
Además, a los titulares de las autorizaciones administrativas y a los suscriptores de comunicaciones o declaraciones responsables, se les imputarán las infracciones que les correspondan, si se trata de sujetos distintos.
2. En el caso de infracciones cometidas por directivos, administradores o personal empleado en general en los establecimientos de juego o apuestas donde haya máquinas de juego, serán responsables solidarios las personas o entidades para quienes aquéllos presten sus servicios.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 21 de abril de 2024 En vigor | BOE-A-2024-6864 | Leer | Qué cambió |
| 26 de octubre de 2017 | BOE-A-2017-12951 | Leer | Qué cambió |
| 2 de julio de 1998 | Texto original | Leer |


