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Legislación › Ley 4/1998, de 24 de junio, reguladora del Juego y de las Apuestas de Castilla y León.

Artículo 31. Responsables de las infracciones.

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Artículo 31. Responsables de las infracciones.
1. Son responsables de las infracciones las personas físicas o jurídicas que realicen cometan las acciones u omisiones, incluso a título de simple inobservancia, omisiones tipificadas como tales. tales en esta Ley.
Además, a los titulares de las autorizaciones administrativas y a los suscriptores de comunicaciones o declaraciones responsables, responsables se les imputarán las infracciones que les correspondan, si se trata de sujetos distintos.
2. En el caso de De las infracciones cometidas por los directivos, administradores o personal empleado empleados en general en los establecimientos de juego o apuestas donde haya máquinas de juego, serán son también directa y solidariamente responsables solidarios las personas físicas o entidades jurídicas para quienes aquéllos aquellos presten sus servicios.
3. En el caso de incumplimiento de los requisitos establecidos para la transmisión o cesión de autorizaciones, la infracción será imputable tanto a la persona que transmite o cede como a la adquirente.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
21 de abril de 2024 En vigor BOE-A-2024-6864 Leer Qué cambió
26 de octubre de 2017 BOE-A-2017-12951 Leer Qué cambió
2 de julio de 1998 Texto original Leer

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