Legislación › Ley 8/1998, de 26 de junio, de Conservación de la Naturaleza y de Espacios Naturales de Extremadura.
Disposición final primera. Habilitación reglamentaria.
Disposición final primera. Habilitación reglamentaria.
El Consejo de Gobierno queda facultado para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Ley.
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