Legislación › Ley 8/1998, de 26 de junio, de Conservación de la Naturaleza y de Espacios Naturales de Extremadura.
Disposición transitoria primera. Tramitación de expedientes de declaración de espacios naturales.
Disposición transitoria primera. Tramitación de expedientes de declaración de espacios naturales.
Los espacios naturales que en la fecha de entrada en vigor de esta Ley se encuentren en proceso de tramitación para su declaración como espacios protegidos seguirán la tramitación ya iniciada, aplicable en virtud de la legislación entonces vigente.
← Disposición adicional undécima Índice Disposición transitoria segunda →


