Legislación › Real Decreto 1760/1998, de 31 de julio, por el que se determina la composición y funcionamiento del Consejo de la Red de Parques Nacionales, de las Comisiones Mixtas de Gestión de dichos parques y de sus Patronatos.
ANEXO I
ANEXO I
Composición de las Comisiones Mixtas de Gestión de los Parques Nacionales
1. La Comisión Mixta del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido estará compuesta por dos representantes de la Administración General del Estado, y dos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
2. La Comisión Mixta de Gestión del Parque Nacional del Archipiélago de Cabrera estará compuesta por dos representantes de la Administración General del Estado, y dos de la Comunidad Autónoma de Baleares.
3. La Comisión Mixta de Gestión del Parque Nacional de Doñana estará compuesta por dos representantes de la Administración General del Estado y dos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
4. La Comisión Mixta de Gestión del Parque Nacional de los Picos de Europa estará compuesta por tres representantes de la Administración General del Estado, un representante de la Comunidad Autónoma de Asturias, un representante de la Comunidad Autónoma de Cantabria y un representante de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Si alguna Comunidad Autónoma designara dos representantes su representación sólo tendrá un voto.
5. La Comisión Mixta de Gestión de los Parques Nacionales de las Tablas de Daimiel y de Cabañeros estará compuesta por dos representantes de la Administración General del Estado y dos representantes de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
6. La Comisión Mixta de Gestión de los Parques Nacionales del Teide, de la Caldera de Taburiente, de Garajonay y de Timanfaya, estará compuesta por cuatro representantes de la Administración General del Estado y cuatro representantes de la Comunidad Autónoma de Canarias.
7. El Parque Nacional de Aigüestortes y Estany de Sant Maurici se gestionará conforme a lo dispuesto en la legislación autonómica. Ello no obstante, se establecerá una Comisión de Coordinación paritaria con dos representantes de cada una de las Administraciones estatal y autonómica.


