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Legislación › Real Decreto 1932/1998, de 11 de septiembre, de adaptación de los capítulos III y V de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, al ámbito de los centros y establecimientos militares.

Artículo 1. Objeto.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de septiembre de 1998 y la del 10 de marzo de 2010. Tachado: lo que se quitó (6 palabras). Subrayado: lo que se añadió (7 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 1. Objeto.
El presente Real Decreto, real decreto, al amparo de la disposición adicional novena de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, laborales, regula la adaptación de las normas de los capítulos III y V de esta Ley, ley, sobre derechos y obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo y de consulta y participación de los trabajadores, para su aplicación en el ámbito de las relaciones de trabajo del personal laboral laboral, estatutario y funcionarios civiles que prestan sus servicios en establecimientos dependientes de la Administración militar. Militar.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
10 de marzo de 2010 En vigor BOE-A-2010-2161 Leer Qué cambió
19 de septiembre de 1998 Texto original Leer

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