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Legislación › Real Decreto 1932/1998, de 11 de septiembre, de adaptación de los capítulos III y V de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, al ámbito de los centros y establecimientos militares.

Disposición final primera. Facultades de desarrollo.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de septiembre de 1998 y la del 11 de febrero de 2018. Tachado: lo que se quitó (14 palabras). Subrayado: lo que se añadió (22 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición final primera. Normas reglamentarias. Facultades de desarrollo.
Se faculta al Ministro de Defensa, previa consulta con el al Ministro de Trabajo Hacienda y Asuntos Sociales, Función Pública y al Ministro de Empleo y Seguridad Social, para dictar las cuantas disposiciones complementarias precisas sean necesarias para el desarrollo del presente Real Decreto. de este real decreto.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de febrero de 2018 En vigor BOE-A-2018-1830 Leer Qué cambió
19 de septiembre de 1998 Texto original Leer

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