Legislación › Real Decreto 1932/1998, de 11 de septiembre, de adaptación de los capítulos III y V de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, al ámbito de los centros y establecimientos militares.
Disposición final primera. Facultades de desarrollo.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de septiembre de 1998 y la del 11 de febrero de 2018.
Tachado: lo que se quitó (14 palabras). Subrayado: lo que se añadió (22 palabras).
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Disposición final primera. Normas reglamentarias. Facultades de desarrollo.
Se faculta al Ministro de Defensa, previa consulta con el al Ministro de Trabajo Hacienda y Asuntos Sociales, Función Pública y al Ministro de Empleo y Seguridad Social, para dictar las cuantas disposiciones complementarias precisas sean necesarias para el desarrollo del presente Real Decreto. de este real decreto.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 11 de febrero de 2018 En vigor | BOE-A-2018-1830 | Leer | Qué cambió |
| 19 de septiembre de 1998 | Texto original | Leer |


