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Legislación › Real Decreto 2112/1998, de 2 de octubre, por el que se regulan los concursos de traslados de ámbito nacional para la provisión de plazas correspondientes a los Cuerpos Docentes.

Disposición adicional duodécima.

Disposición adicional duodécima.

Los Profesores que tengan destino en una plaza como consecuencia de desglose, desdoblamiento, transformaciones totales o parciales de otro u otros centros, o transformación de la especialidad a la que correspondía la plaza, contarán a efectos de antigüedad en la plaza con la generada en su plaza y centro de origen.

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