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Legislación › Real Decreto 1980/1998, de 18 de septiembre, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina.

ANEXO 2

Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de febrero de 2000 y la del 29 de diciembre de 2001. Tachado: lo que se quitó (4 palabras). Subrayado: lo que se añadió (122 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO 2
Documento de identificación para bovinos bovino
Características: Papel «offset» de 120 gramos.
Dimensiones:
Ancho:
Ancho, 21 cm.
Alto:
cm / alto, 14,75 cm.
Simbología de los códigos de barras: «Code 128.-Set A».
Código superior: Lleva el número de identificación (crotal) con letras y números, pero sin espacios ni guiones.
Código medio: Lleva el código SIMOGAN de la explotación de su propietario, con letras y números.
Código inferior: Lleva los datos imprescindibles del animal con el formato CCCCCCCC/DDMMAAAASSRRRR, donde
CCCCCCCC es el número de identificación del animal.
/ es un separador.
DDMMAAAA es la fecha de nacimiento del animal (día, mes, año), sin separadores.
SS es el código SIMOGAN para el sexo del animal.
RRRR es el código SIMOGAN para la raza del animal.
Nota: Como máximo llevará una longitud de 29 caracteres (cuando el crotal sea de 14 caracteres), pero será menor si el crotal tiene una longitud menor.

Contenido: De acuerdo con el siguiente modelo:

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de junio de 2007 En vigor BOE-A-2007-12694 Leer Qué cambió
29 de diciembre de 2001 BOE-A-2001-24746 Leer Qué cambió
16 de febrero de 2000 BOE-A-2000-3008 Leer Qué cambió
7 de octubre de 1998 Texto original Leer

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