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Legislación › Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio, por el que se aprueba el texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario.

Artículo 11. Administración de los recursos.

Artículo 11. Administración de los recursos.

1. La administración de los recursos de la Hacienda del Principado corresponde a la Consejería competente en materia económica y presupuestaria o a los organismos autónomos, según su titularidad, con el control y fiscalización que las leyes establezcan.

2. Los actos de gestión de los derechos económicos, se ajustarán a las normas emanadas de la Consejería competente en materia económica y presupuestaria, sin perjuicio de la dependencia orgánica de las oficinas gestoras de tales recursos.

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