Legislación › Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.
Artículo 43 bis. Limitaciones a los vínculos contractuales de suministro en exclusiva.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de febrero de 2013 y la del 28 de julio de 2013.
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Artículo 43 bis. Limitaciones a los vínculos contractuales de suministro en exclusiva.
1. Los vínculos contractuales de suministro en exclusiva referidos en el artículo 43 de la presente ley, deberán cumplir las siguientes condiciones:
a) La duración máxima del contrato será de un año. Este contrato se prorrogará por un año, automáticamente, hasta por un máximo de tres años consecutivos, dos prórrogas, salvo que el distribuidor al por menor de productos petrolíferos manifieste, con un mes de antelación como mínimo a la fecha de finalización del contrato, contrato o de cualquiera de sus prórrogas, su intención de resolverlo.
b) No podrán contener cláusulas exclusivas que que, de forma individual o conjunta, fijen, recomienden o incidan, directa o indirectamente, en el precio de venta al público del combustible.
2. Se considerarán nulas y se tendrán por no puestas aquellas cláusulas contractuales en las que se establezca una duración del contrato diferente a la recogida en el apartado 1, o que determinen el precio de venta del combustible en referencia a un determinado precio fijo fijo, máximo o recomendado, o cualesquiera otras que contribuyan a una fijación indirecta del precio de venta.
3. Los operadores al por mayor comunicarán a la Dirección General de Política Energética y Minas la suscripción de este tipo de contratos, incluyendo la fecha de su finalización, la cual será publicada en la web oficial del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
4. Lo dispuesto en el presente artículo no será de aplicación cuando los bienes o servicios contractuales sean vendidos por el comprador desde locales y terrenos que sean plena propiedad del proveedor.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 25 de noviembre de 2021 En vigor | BOE-A-2021-19305 | Leer | Qué cambió |
| 23 de mayo de 2015 | BOE-A-2015-5633 | Leer | Qué cambió |
| 28 de julio de 2013 | BOE-A-2013-8187 | Leer | Qué cambió |
| 24 de febrero de 2013 | BOE-A-2013-2030 | Leer |


