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Legislación › Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.

Artículo 66. La red de transporte de combustibles gaseosos.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de octubre de 1998 y la del 4 de julio de 2007. Tachado: lo que se quitó (17 palabras). Subrayado: lo que se añadió (65 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 66. La red de transporte secundario de combustibles gaseosos.
1. La red de transporte primario está constituida por los gasoductos de presión máxima de diseño igual o superior a 60 bares.
2. La red de transporte
secundario de gas natural está constituida por los gasoductos de presión máxima de diseño comprendida entre inferior a 60 bar y superior a 16 bares, las estaciones de compresión, las estaciones de regulación y medida. bar.
3. Asimismo, se consideran elementos constitutivos de la red de transporte las estaciones de compresión y de regulación y medida y todos aquellos activos de comunicaciones, protecciones, control, servicios auxiliares, terrenos, edificaciones y demás elementos auxiliares, necesarios para el adecuado funcionamiento de las instalaciones específicas de la red de transporte antes definida.
2. 4. Los transportistas serán responsables del desarrollo y ampliación de la red de transporte definida en este artículo, de tal manera que garantice el mantenimiento y mejora de una red configurada bajo criterios homogéneos y coherentes. coherentes, todo ello sin perjuicio del cumplimiento de lo establecido en el artículo 4 de la presente Ley en materia de planificación de instalaciones.
3. 5. Se establecerán cuantas normas técnicas sean precisas para garantizar la fiabilidad del suministro de gas y de las instalaciones de la red de transporte y las a ella conectadas. Estas normas tenderán a garantizar la protección y seguridad de las personas y sus bienes, la calidad y fiabilidad en su funcionamiento, la unificación de las condiciones de los suministros, la prestación de un buen servicio y serán objetivas y no discriminatorias.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
4 de julio de 2007 En vigor BOE-A-2007-12869 Leer Qué cambió
9 de octubre de 1998 Texto original Leer

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