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Legislación › Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.

Disposición transitoria segunda. Disposiciones reglamentarias aplicables.

Disposición transitoria segunda. Disposiciones reglamentarias aplicables.

No obstante lo dispuesto en la disposición derogatoria única, en tanto no se dicten las disposiciones de desarrollo de la presente Ley continuarán en vigor, en lo que no se opongan a la misma, las disposiciones reglamentarias aplicables en materias que constituyen su objeto.

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