Legislación › Real Decreto 2110/1998, de 2 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar.
Artículo 2.
Artículo 2.
Se autoriza al Ministro del Interior, previa propuesta de la Comisión Nacional del Juego, a:
a) Actualizar, cada tres años y en función del índice de precios al consumo, la cuantía de los premios y el precio de la partida a que se contrae el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar.
b) Dictar las disposiciones de desarrollo del Reglamento.


