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Legislación › Real Decreto 2110/1998, de 2 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar.

Artículo 3. Clasificación de las máquinas.

Artículo 3. Clasificación de las máquinas.

A efectos de su régimen jurídico las máquinas, a que se refiere este Reglamento, se clasifican en:

a) Máquinas de tipo «A» o recreativas.

b) Máquinas de tipo «B» o recreativas con premio programado, y máquinas especiales para salas de juego, bingos y casinos.

c) Máquinas de tipo «C» o de azar.

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