Legislación › Ley 9/1997, de 9 de diciembre, de creación del Instituto Cartográfico Valenciano.
Artículo 1.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de abril de 2008 y la del 1 de enero de 2018.
Tachado: lo que se quitó (3 palabras). Subrayado: lo que se añadió (19 palabras).
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Artículo 1.
Se crea el Instituto Cartográfico Valenciano, como organismo autónomo de carácter mercantil, la Generalitat, de los previstos en la Ley de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, adscrito a la conselleria Conselleria que tenga atribuidas competencias en materia de ordenación del territorio, con el objetivo de impulsar, coordinar y, en su caso, fomentar las tareas de desarrollo cartográfico, fotogramétrico, geodésico, topográfico y de cualquier otra tecnología geográfica en el ámbito de las competencias de la Generalitat.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2018 En vigor | BOE-A-2018-1871 | Leer | Qué cambió |
| 30 de abril de 2008 | BOE-A-2008-9096 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2002 | BOE-A-2002-2413 | Leer | Qué cambió |
| 13 de diciembre de 1997 | Texto original | Leer |


