Legislación › Ley 37/1998, de 16 de noviembre, de reforma de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.
Disposición final tercera.
Disposición final tercera.
En un plazo no superior al de seis meses a contar desde la fecha de publicación de la presente Ley, el Gobierno deberá remitir a las Cortes, para su tramitación, un proyecto de Ley por el que se modificará el capítulo X de la Ley de Sociedades Anónimas, relativo al régimen jurídico de las obligaciones.


