Legislación › Ley 37/1998, de 16 de noviembre, de reforma de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.
Disposición transitoria primera.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 18 de noviembre de 1998 y la del 13 de noviembre de 2015.
Tachado: lo que se quitó (37 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
Volver al texto en vigor
Disposición transitoria primera.
Los valores negociables representados mediante títulos admitidos a cotización en un mercado secundario oficial podrán seguir representados de dicha forma, en tanto la normativa de desarrollo de esta Ley no imponga su representación mediante anotaciones en cuenta. (Derogada)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 13 de noviembre de 2015 En vigor | BOE-A-2015-11435 | Leer | Qué cambió |
| 18 de noviembre de 1998 | Texto original | Leer |
← Disposición adicional decimoquinta Índice Disposición transitoria segunda →


