Legislación › Ley 37/1998, de 16 de noviembre, de reforma de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.
Disposición transitoria segunda.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 18 de noviembre de 1998 y la del 13 de noviembre de 2015.
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Disposición transitoria segunda.
Las emisiones de valores de entidades y sociedades públicas distintas de las señaladas en el artículo 55 de esta Ley que se negocian en el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones continuarán negociándose en dicho Mercado hasta su vencimiento. (Derogada)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 13 de noviembre de 2015 En vigor | BOE-A-2015-11435 | Leer | Qué cambió |
| 18 de noviembre de 1998 | Texto original | Leer |
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