Legislación › Ley 5/1998, de 23 de octubre, de Creación del Consejo Balear de Transportes Terrestres y del Comité Balear del Transporte por Carretera.
Artículo 5.
Artículo 5.
1. Se crea el Comité Balear del Transporte por Carretera como entidad corporativa de base privada, dotada de personalidad jurídica e integrada por las asociaciones profesionales de los sectores del transporte por carretera y de actividades auxiliares y complementarias del transporte con implantación en las Islas Baleares.
2. El Comité Balear del Transporte por Carretera, sin perjuicio de la colaboración directa y de manera individualizada de las asociaciones con la Administración, será el cauce de expresión y participación integrada del sector en aquellas actuaciones públicas que le afecten de forma general o que supongan una incidencia relevante para el mismo.


