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Legislación › Real Decreto 71/1998, de 23 de enero, por el que se regula el ejercicio de la pesca de túnidos y especies afines en el Mediterráneo.

Artículo 1. Ámbito de aplicación.

Artículo 1. Ámbito de aplicación.

Las normas contenidas en el presente Real Decreto serán de aplicación a los buques españoles que ejerzan la pesca de túnidos y especies afines en el mar Mediterráneo, excluidas las aguas interiores, teniendo como límite occidental el meridiano de Punta Marroquí, de longitud 05° 36' E, en las proximidades de Tarifa, tanto en aguas jurisdiccionales españolas como en alta mar, por fuera de las aguas jurisdiccionales de los países ribereños.

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