Legislación › Resolución de 26 de noviembre de 1998, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se determinan las medidas de seguridad mínimas que deben reunir las cajas fuertes y armarios o armeros para guardar las armas en domicilios particulares.
Disposición transitoria.
Disposición transitoria.
Todas las empresas que hasta la fecha dispusieran de la correspondiente certificación expedida por una entidad autorizada por el Ministerio de Industria y Energía, acreditativa del grado de seguridad de sus productos, relacionados con lo especificado en la presente Resolución, dispondrán del plazo de un año para adecuar dicha certificación a lo establecido en la norma UNE EN 1143-1.
Su no actualización en el plazo fijado, producirá la anulación del reconocimiento de adecuación que se posea.
Redactada conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 43, de 19 de febrero de 1999. BOE-A-1999-4182.


