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Legislación › Orden de 25 de noviembre de 1998 por la que se regula la actividad de la flota pesquera española que opera en aguas bajo jurisdicción o soberanía del Reino de Marruecos.

Artículo 3. Censo de buques.

Artículo 3. Censo de buques.

El censo de buques con acceso a las pesquerías bajo jurisdicción o soberanía marroquí, es el publicado por Resolución de 8 de junio de 1982 de la Subsecretaría de Pesca Marítima, con las actualizaciones generadas hasta la fecha.

El censo de buques es cerrado y desglosado según las siguientes modalidades de pesca:

Arrastre al norte.

Palangre.

Cefalópodo.

Artesanal.

Cerco al norte.

Cerco al sur.

Merluza negra.

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