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Real Decreto 2591/1998, de 4 de diciembre, sobre la Ordenación de los Aeropuertos de Interés General y su Zona de Servicio, en ejecución de lo dispuesto por el artículo 166 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
En vigor Ministerio de Fomento · Publicada el 7 de diciembre de 1998 · Último cambio el 30 de septiembre de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- Artículo 1. Zona de servicio de los aeropuertos de interés general.
- Artículo 2. Plan Director del aeropuerto y de su zona de servicio. 3 redacciones · cambió el 30/09/2025
- Artículo 3. Contenido del Plan Director.
- Artículo 4. Documentación del Plan Director. 2 redacciones · cambió el 10/11/2018
- Artículo 5. Competencias para la elaboración y aprobación de los Planes Directores. 3 redacciones · cambió el 10/11/2018
- Artículo 5 bis. Inicio de la tramitación de los Planes Directores.
- Artículo 5 ter. Evaluación ambiental estratégica ordinaria o simplificada y tramitación de los Planes Directores
- Artículo 5 quáter. Aprobación y publicación de los Planes Directores.
- Artículo 6. Declaración de utilidad pública. 2 redacciones · cambió el 30/09/2025
- Artículo 7. Revisión, modificación y actualización de los Planes Directores. 2 redacciones · cambió el 10/11/2018
- Artículo 8. Sistema general aeroportuario.
- Artículo 9. Tramitación y aprobación del plan especial. 3 redacciones · cambió el 30/09/2025
- Artículo 10. Ejecución de obras en el recinto aeroportuario. 3 redacciones · cambió el 30/09/2025
- Disposición adicional primera. Plazo para la aprobación de los Planes Directores.
- Disposición adicional segunda. Remisión al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana de los proyectos urbanísticos que afecten a la zona de servicio de aeropuertos de interés general. 6 redacciones · cambió el 30/09/2025
- Disposición adicional tercera. Aprobación de los Planes Directores de los aeródromos de utilización conjunta civil y militar. 2 redacciones · cambió el 30/09/2025
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición transitoria única. Régimen transitorio del ámbito de la zona de servicio de los aeropuertos de interés general.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
- Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo y ejecución.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma


