Legislación › Ley 44/1998, de 15 de diciembre, de Planta y Organización Territorial de la Jurisdicción Militar.
Artículo 8. Demarcaciones de los Juzgados Togados Militares del territorio segundo.
Artículo 8. Demarcaciones de los Juzgados Togados Militares del territorio segundo.
En el territorio segundo, las demarcaciones, planta, número de orden y sede de los Juzgados Togados Militares Territoriales serán las siguientes:
a) Provincias de Córdoba, Sevilla, Huelva y Jaén.
Un Juzgado Togado, con el número 21 y sede en Sevilla.
b) Provincia de Cádiz. Un Juzgado Togado con el número 22 y sede en San Fernando (Cádiz).
c) Provincias de Granada y Almería. Un Juzgado Togado con el número 23 y sede en Almería.
d) Provincia de Málaga. Un Juzgado Togado con el número 24 y sede en Málaga.
e) Ceuta. Un Juzgado Togado con el número 25 y sede en Ceuta.
f) Melilla. Un Juzgado Togado con el número 26 y sede en Melilla.


