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Legislación › Real Decreto 2717/1998, de 18 de diciembre, por el que se regulan los pagos a cuenta en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes y se modifica el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades en materia de retenciones e ingresos a cuenta.

Artículo 32. Ingresos a cuenta sobre premios.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1999 y la del 10 de febrero de 1999. Tachado: lo que se quitó (51 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 32. Ingresos a cuenta sobre premios.
La cuantía del ingreso a cuenta que corresponda realizar por los premios satisfechos en especie, que constituyan ganancias patrimoniales, se calculará aplicando el porcentaje previsto en el artículo 26 del presente Real Decreto al resultado de incrementar en un 20 por 100 el valor de adquisición o coste para el pagador. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
10 de febrero de 1999 En vigor BOE-A-1999-3251 Leer Qué cambió
1 de enero de 1999 Texto original Leer

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