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Legislación › Orden de 22 de diciembre de 1998 por la que se regulan las Unidades de Control Organizativo para la prevención de la violencia en los espectáculos deportivos.

Artículo 3.

Artículo 3.

Las Unidades de Control Organizativo podrán ser utilizadas por los Clubes y Sociedades Anónimas Deportivas para acontecimientos y otras actividades no deportivas, si bien en estos casos será necesaria la previa autorización de la Dirección General de la Policía.

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