Legislación › Real Decreto 2819/1998, de 23 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte y distribución de energía eléctrica.
Artículo 18. Otros costes necesarios para desarrollar la actividad de distribución.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1999 y la del 19 de marzo de 2008.
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Artículo 18. Otros costes necesarios para desarrollar la actividad de distribución.
Mediante Orden ministerial se establecerán los costes necesarios para el desarrollo de la actividad de distribución que no estén vinculados a las inversiones de las redes o a la operación y mantenimiento de las mismas, considerándose como parámetro representativo de estos costes la energía circulada por los diferentes niveles de tensión. (Derogado).
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 19 de marzo de 2008 En vigor | BOE-A-2008-5159 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1999 | Texto original | Leer |


