Legislación › Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
Artículo 46. Cambio de denominación de los Cuerpos especializados en Meteorología.
Artículo 46. Cambio de denominación de los Cuerpos especializados en Meteorología.
Los Cuerpos especializados en Meteorología, que a continuación se relacionan, pasarán a denominarse de la siguiente forma:
Uno. El Cuerpo Especial Facultativo de Meteorólogos: Cuerpo Superior de Meteorólogos del Estado.
Dos. El Cuerpo Especial Técnico de Ayudantes de Meteorología: Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado.
Tres. El Cuerpo de Observadores de Meteorología: Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado.
Cuatro. El Cuerpo de Administrativos Calculadores: Cuerpo de Administrativos-Calculadores de Meteorología del Estado.


