Legislación › Ley 3/1997, de 24 de noviembre, de la Cámara Agraria del Principado de Asturias.
Artículo 16. Convocatoria de elecciones.
Artículo 16. Convocatoria de elecciones.
El Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, mediante Decreto, convocará elecciones a la Cámara Agraria a propuesta del titular de la Consejería competente en materia agraria, oídas las organizaciones profesionales agrarias con implantación en el territorio del Principado de Asturias.


