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Legislación › Ley 3/1997, de 24 de noviembre, de la Cámara Agraria del Principado de Asturias.

Artículo 16. Convocatoria de elecciones.

Artículo 16. Convocatoria de elecciones.

El Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, mediante Decreto, convocará elecciones a la Cámara Agraria a propuesta del titular de la Consejería competente en materia agraria, oídas las organizaciones profesionales agrarias con implantación en el territorio del Principado de Asturias.

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