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Legislación › Real Decreto 230/1998, de 16 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de explosivos.

Artículo 109.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 11 de mayo de 1998 y la del 9 de mayo de 2010. Tachado: lo que se quitó (19 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 109.
El cambio de titularidad de un taller requerirá la aprobación del órgano administrativo al que corresponde autorizar su establecimiento. (Sin contenido)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
9 de mayo de 2010 En vigor BOE-A-2010-7333 Leer Qué cambió
11 de mayo de 1998 Texto original Leer

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