Legislación › Orden de 18 de marzo de 1998 por la que se regulan las pruebas de capacitación para obtener determinadas licencias de armas y los requisitos para la habilitación de entidades dedicadas a la enseñanza correspondiente.
Disposición final segunda.
Disposición final segunda.
La presente Orden entrará en vigor a los treinta días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».


