Legislación › Real Decreto 388/1998, de 13 de marzo, por el que se modifican la Comisión General de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios y la Comisión de Coordinación con las Comunidades Autónomas, sobre seguros agrarios.
Artículo 4.
Artículo 4.
A propuesta de las organizaciones profesionales agrarias y cooperativas agrarias, el Presidente de la Entidad nombrará los Vocales representantes de aquellas que previamente habrá designado de entre las existentes. Simultáneamente al nombramiento de los Vocales se procederá a nombrar a dos suplentes por cada uno de ellos, de acuerdo con los criterios anteriores.


