Legislación › Ley 12/1997, de 4 de junio, reguladora de las Actuaciones Inspectoras y de la Potestad Sancionadora en Materia de Depósito de Fianzas de Arrendamiento de la Comunidad de Madrid.
Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo de la presente Ley.
Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo de la presente Ley.
Se habilita al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid para que, mediante Decreto, pueda dictar y, en su caso, modificar cuantas disposiciones resulten necesarias para el desarrollo y aplicación de la presente Ley.
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