Legislación › Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos.
Artículo 6. Escala autonómica del impuesto.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2007 y la del 1 de enero de 2008.
Tachado: lo que se quitó (34 palabras). Subrayado: lo que se añadió (25 palabras).
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Artículo 6. Escala autonómica. autonómica del
Las distintas bases liquidablesimpuesto correspondientes impuesto.
La escala autonómica de tipos de gravamen aplicable a la base liquidable general, correspondiente a la unidad familiar cuyos miembros hayan optado por la tributación conjunta serán gravadas a los tipos de gravamen que, para cada una de ellas, establezca conjunta, será la normativa estatal reguladora del impuesto a los efectos establecida en el artículo Segundo de la determinación del gravamen autonómico. presente Ley.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2008 En vigor | BOE-A-2008-1338 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2007 | BOE-A-2007-1348 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1999 | BOE-A-1999-3255 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1998 | Texto original | Leer |


