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Legislación › Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos.

Artículo 6. Escala autonómica del impuesto.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2007 y la del 1 de enero de 2008. Tachado: lo que se quitó (34 palabras). Subrayado: lo que se añadió (25 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 6. Escala autonómica.
Las distintas bases liquidables
autonómica del impuesto correspondientes impuesto.
La escala autonómica de tipos de gravamen aplicable
a la base liquidable general, correspondiente a la unidad familiar cuyos miembros hayan optado por la tributación conjunta serán gravadas a los tipos de gravamen que, para cada una de ellas, establezca conjunta, será la normativa estatal reguladora del impuesto a los efectos establecida en el artículo Segundo de la determinación del gravamen autonómico. presente Ley.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2008 En vigor BOE-A-2008-1338 Leer Qué cambió
1 de enero de 2007 BOE-A-2007-1348 Leer Qué cambió
1 de enero de 1999 BOE-A-1999-3255 Leer Qué cambió
1 de enero de 1998 Texto original Leer

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