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Legislación › Real Decreto 556/1998, de 2 de abril, por el que se establecen las normas para expedir la certificación de animales y productos animales exigida por la normativa veterinaria.

Disposición final segunda. Facultad de desarrollo.

Disposición final segunda. Facultad de desarrollo.

Se faculta a los Ministros de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Sanidad y Consumo para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, dicten las disposiciones de desarrollo y aplicación de lo dispuesto en este Real Decreto, así como para la incorporación de disposiciones de desarrollo del mismo establecidas por la normativa comunitaria.

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