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Legislación › Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos.

Disposición adicional sexta. Redistribución de competencias dentro de cada Comunidad Autónoma.

Disposición adicional sexta. Redistribución de competencias dentro de cada Comunidad Autónoma.

Las referencias contenidas en la presente Ley a las Comunidades Autónomas se entenderán sin perjuicio de la redistribución de competencias que a nivel interno se realice entre los distintos niveles institucionales de las mismas, de acuerdo con sus respectivos Estatutos de Autonomía.

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