Legislación › Ley 1/1999, de 31 de marzo, de Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía.
Artículo 38. Seguridad económica y social.
Artículo 38. Seguridad económica y social.
Los poderes públicos velarán por la seguridad económica y social de las personas con minusvalía a fin de contribuir a su desarrollo personal y calidad de vida.


