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Legislación › Orden de 27 de abril de 1999 por la que se regula el control metrológico del Estado sobre los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático, en sus fases de verificación, después de reparación o modificación y de verificación periódica.

Artículo 13. Errores máximos permitidos.

Artículo 13. Errores máximos permitidos.

Los errores máximos permitidos en la verificación periódica serán los que se establecen en el apartado 3.5.2 de la norma UNE-EN 45501.

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